ENTES DE CONTROL


Procuraduría General de la Nación
La Procuraduría General de la Nación, entre otras funciones, es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del Estado, de conformidad con lo establecido en el Código Único Disciplinario ó Ley 734 de 2002.
Contraloría General de la República
La Contraloría General de la República es la entidad encargada de ejercer el control fiscal sobre la gestión del INPEC, es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas.
La Constitución Política de 1991, en su artículo 267, establece que: "El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación".
Los siguientes son los informes que por mandato constitucional y legal rinde el INPEC a la CGR:
Plan de Acción Institucional (Semestral)
Plan de Mejoramiento (Trimestral y Semestral)
Informe de Austeridad del Gasto ( Mensual)
Informe de Control Interno Contable (Anual)
Rendición de Cuenta Junio- Intermedio . Diciembre- final.
Informe seguimiento de la Información de Personal y Costo (CDPEF) (Anual).
La CGN es una institución que en desarrollo del mandato constitucional es responsable de determinar las políticas, principios y normas de contabilidad que deben regir en el sector público colombiano, centralizar y consolidar la información contable, elaborar el Balance General de la Nación.

La Constitución Política de 1991, en su artículo 354 establece que: "El Contador General, funcionario de la rama ejecutiva quien llevará la contabilidad general dela Nación y consolidará ésta con las de las entidades descentralizadas territorialmente o por servicios”
El INPEC debe rendir por mandato constitucional y legal el siguiente informe:
Informe de Control Interno Contable (Anual).
CAMARA DE REPRESENTANTES del Congreso de la República -( Control Político y Contable)
Ejerce la función de examinar y proponer a la plenaria de la Honorable Cámara de Representantes, el fenecimiento de la cuenta general del presupuesto y del tesoro; balance general consolidado, Estado de Actividad Financiera, Económica social y ambiental del estado de cambios en el patrimonio de la Nación a que están obligados a presentar el gobierno nacional.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

El ministerio, presenta a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el anteproyecto de presupuesto para la vigencia del año siguiente (antes del 30 de octubre de cada año) y la programación, ejecución y seguimiento del presupuesto de ingresos y gastos. Lo anterior de conformidad con el Estatuto Orgánico de Presupuesto (Decretos 111/96, y las normas que lo modifiquen o adicionen).
Entre sus funciones le compete planear, administrar y controlar el sistema público presupuestal del Presupuesto General de la Nación Participar en la elaboración del proyecto de Ley del Plan Nacional de Desarrollo y elaborar el Proyecto de Ley anual del Presupuesto en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y los demás organismos de los cuales la Ley les haya dado injerencia en la materia.
Por lo anterior, es competencia de la Dirección General del Presupuesto Nacional, efectuar el seguimiento financiero del presupuesto del INPEC.
Informe sobre los contratos o convenios vigentes para la Administración de Recursos.(Semestral).
Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP -
La Misión es " Liderar la modernización y el mejoramiento continuo de las instituciones públicas y el desarrollo de sus servidores para acercarlos al ciudadano, a través de la investigación, formulación y evaluación de políticas públicas, con criterios de calidad y efectividad".
Los siguientes son los informes que debe rendir el INPEC por mandato constitucional y legal:
Informe Ejecutivo Anual Sobre el Avance del Sistema de Control Interno-Anual
Reporte de Información al Sistema Único de Información de Personal –SUIP-Mensual.
Ministerio de Justicia y del Derecho
Es el responsable de coordinar la atención integral del Estado a los Asuntos Políticos, para el fortalecimiento de nuestra democracia, y de la Justicia, para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos.
La Ley 790 de 2002 en su artículo 3º fusionó los Ministerios del Interior y de Justicia y del Derecho, conformando el Ministerio del Interior y de Justicia;
El Ministerio según el decreto 200 de 2003, tiene como objetivos los siguientes: Formular las políticas, planes generales, programas y proyectos del Ministerio del Sector Administrativo del Interior y de Justicia.
Formular la política de Gobierno en materias relativas al orden público interno en coordinación con el Ministro de Defensa Nacional en lo que a este corresponda; a los asuntos políticos; la convivencia ciudadana y los derechos humanos; a la participación ciudadana en la vida y organización social y política de la Nación; a las relaciones entre la Nación y las entidades territoriales de la República; al acceso a la justicia, a la defensa judicial de la Nación y del ordenamiento jurídico; a lo penitenciario y carcelario; al problema mundial de las drogas; a la seguridad jurídica; a los asuntos notariales y registrales, a la prevención y atención de emergencias y desastres y a los derechos de autor. Los siguientes informes los rinde el INPEC por mandato constitucional y Legal:
Informe de Evaluación a la Gestión Institucional (Anual)
Informe de Seguimiento a las Funciones del Comité de Conciliaciones (Semestral). Comité de Defensa Judicial de la Nación
Informe de Seguimiento al Gasto de Funcionamiento (Trimestral).

Al interior del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC- se ha asignado funciones de control a la:
Oficina de Control Interno Disiciplinario.
Dirigida por la DRA. ROSA YADIRA MOSQUERA GUERRERO teléfono 3535570.

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